De conformidad con los artículos 308 y 309 establecidos en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, referentes a la obligatoriedad y actualización general de catastros y valoración de la propiedad urbana o rural llevada a efecto cada dos años, de conformidad con la Ley, informa a la ciudadanía:
Que pueden efectuar los respectivos pagos de los impuestos prediales vigentes desde la primera quincena de enero, al mes junio, en cada una de las ventanillas de tesorería, aprovechando la oportunidad de obtener descuentos en los pagos anticipados de sus impuestos.
De acuerdo al 1er Semestre del 2010 tendrá derecho al descuento de la siguiente manera:
Primera Quincena
Meses Descuento
Enero 10%
Febrero 8%
Marzo 6%
Abril 4%
Mayo 3%
Junio 2%
Segunda Quincena
Descuento
9%
7%
5%
3%
2%
1%
Los pagos que se hagan a partir del 1 de Julio tendrán un recargo del 10% anual. Vencido el año fiscal el impuesto en mora se cobrará por la vía coactiva.
El usuario de encontrarse en desacuerdo con la valoración de su propiedad, podrá impugnarla dentro del término de quince días a partir de la fecha de su notificación.
Evita las sanciones de Ley, emitidas por las autoridades tributarias u organismos de control, paga tus impuestos a tiempo y construye con nosotros el Pasaje que todos queremos.
EL NUEVO PASAJE ESTA EN MARCHA
DR. MATEO NOBLECILLA ROSILLO
ALCALDE
INFORMANDO Y SIRVIENDO A LA COLECTIVIDAD.
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