En el marco de la Copa Mundial de la FIFA 2026, Ecuador presentĂł en la ciudad de Nueva York la iniciativa Casa Ecuador, considerada por sus organizadores como la primera Casa PaĂs itinerante e inmersiva concebida para un Mundial de FĂștbol.
Machala, Ecuador – En este video conversamos en exclusiva con el Lic. Ramiro Lomas Acosta, nuevo presidente de SERPAJ, y con Raquel NoemĂ Coronel Morocho, presidenta saliente.
El grupo sindical “Comandante de la Brigada de InfanterĂa Motorizada N.° 1 “El Oro”, (accidental) mantuvo una reuniĂłn de coordinaciĂłn con representantes de diversas instituciones del Estado.;.
COMUNIDAD SANFERNANDENSE DE FIESTA Este sĂĄbado 5 de mayo del año en curso, como todos los años la Comunidad, San Fernandense Se reĂșne para conmemorar un aniversario mĂĄs de aniversario, en este año como todos los años se reĂșne en el domicilio del Lic. Pepe Fares ubicado en el sector de las seis esquinas. La noche serĂĄ amenizada por la Banda Orquestal del Lic. Fares, quienes interpretaran varias melodĂas del pentagrama nacional, lo que darĂĄ realce a estas tradicionales fiestas.
Hugo Savinovich Visita Machala. El ex luchador profesional y actual comentarista de la WWE en Español, Hugo Savinovich estuvo la tarde de este såbado en la Capital Bananera del Mundo, como parte de una gira especial y personal llevando a varios rincones del Ecuador La Palabra de Dios, Huguito como cariñosamente lo conocen, impresiono a los asistentes con sus palabras al publico asistente quien tuvo la posibilidad de conocer ademås una faceta humana y diferente de esta gran celebridad latina.
La primera producciĂłn cinematogrĂĄfica realizada en Machala. Valeria Choco y Omar Grunauer, son los protagonistas de la historia junto a Ana sĂĄnchez y Diego Encalada. Cabe destacar que todos son Orenses y jĂłvenes, que estĂĄn iniciando al igual que sus productores, en una producciĂłn de esta talla. La PelĂcula serĂĄ producida por “Extreme Studios”, productora que lleva mĂĄs de 8 años de trayectoria en el Audiovisual. Ha producido diferentes programas de televisiĂłn, siendo el mĂĄs conocido “Zona Activa”, un programa informal para gente joven y adulta, logrando obtener muy buena aceptaciĂłn, tanto local como a nivel Nacional.
Felicitamos a nuestro amigo Kelvin Chiquito por esta nueva super producción, que sabemos tendra la calidad y la genialidad de este joven cinefilo Machaleño.
VICE ALCALDE DE PASAJE PIDE DESTITUCION DE ALCALDE.
Entre los hechos que venian concitando la atenciĂłn de la poblaciĂłn, se destacan las declaraciones del Señor Vice Alcalde de Pasaje Sr. JOVANNY CORONEL CASTILLO,VICE ALCALDE DEL CANTĂN PASAJE, quien manifestaba en un medio impreso de la localidad su inconformidad con la actual administraciĂłn municipal.
Hace pocos minutos llego a nuestro mail el siguiente comunicado el cual publicamos de forma textual, con la Ășnica finalidad de informar sobre este acontecimiento de interes local y las repercusiones que tendrĂan para con nuestra ciudad.
HOLA AMIGOS, LES ENVIO COPIA DEL INFORME PRESENTADO AL SEĂOR VICE ALCALDE EN LA QUE SOLICITO COMO PROCURADOR SINDICO MUNICIPAL LA DESTITUCION DEL ALCALDE DR. ANGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO, EN LA QUE SE DETALLAN LOS MOTIVOS POR LOS CUALES PROCEDE LA DESTITUCION DEL ALCALDE ASI COMO LA SERIE DE ACONTECIMIENTOS QUE SE HAN VENIDO DANDO, Y ES POR ESTA RAZON QUE SOLICITO QUE USTEDES AMIGOS REENVIEN A TODOS SUS CONTACTOS ESTA INFORMACION Y ASI LA CIUDADANIA Y EL PUEBLO EN GENERAL SEPAN LO QUE OCURRE DENTRO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL.
DE IGUAL MANERA DEJO MUY EN CLARO QUE ES EL CONCEJO EN PLENO QUIEN TIENE QUE RESOLVER EL DESTITUIR AL ALCALDE, POR LO QUE SOLICITO ESTAR MUY ATENTO A LO QUE DECIDE CADA UNO DE LOS CONCEJALES QUE FUERON ELECTOS POR EL PUEBLO PASAJEĂO, YA QUE NO PODRA SER POSIBLE NI ADMISIBLE QUE LOS MISMOS PROCEDAN A VIOLAR LA CONSTITUCION Y TAPEN ACTOS COMO LOS QUE HE PUESTO EN MI DENUNCIA, DE SER ASI AHI QUE TOMAR LAS RIENDAS DE LA CIUDAD Y BUSCAR UN CAMBIO TOTAL DENTRO DE LA ESTRUCTURA EN LA QUE NOS DESEMBOLVEMOS, YA QUE CUATRO PERSONAS NO PUEDEN PONER SUS INTERESES EN CONTRA DEL BENEFICIO DE LA COLECTIVIDAD.
ATT.
DR. ALEX RAMON GARCIA.
PROCURADO SINDICO MUNICIPAL.
Pasaje, 1 de junio del 2.010.
SR.
JOVANNY CORONEL CASTILLO.
VICE ALCALDE DEL CANTĂN PASAJE.
Por medio de la presente tengo a bien poner a su conocimiento y en mi calidad de Procurador Sindico Municipal a usted la siguiente denuncia en contra del señor Alcalde del CantĂłn Pasaje DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO, por cuanto el mismo ha cometido actos contrarios a derecho y por cuya ilegalidad la misma ConstituciĂłn de la Republica del Ecuador que el mismo señor Alcalde juro cumplirla y hacerla cumplir impone como sanciĂłn la destituciĂłn, a mas de que se encuentra incumpliendo con su primera obligaciĂłn establecida en el Art. 69 numeral uno que dice “ 1.- CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCIĂN Y LAS LEYES DE LA REPUBLICA Y LAS ORDENANZAS”, lo cual el señor Alcalde viene incumpliendo de forma maratĂłnica, pues no cumple con sus obligaciones y por el contrario es el primero en violar la Ley y la ConstituciĂłn, razĂłn por la cual la sanciĂłn del mismo es LA DESTITUCIĂN EN SUS FUNCIONES DEL SEĂOR ALCALDE DEL CANTĂN PASAJE, DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO, pues acontinuaciĂłn detallo los siguientes fundamentos de mi denuncia:
COMO ANTECEDENTE TENEMOS LO SIGUIENTE:
1.- Mediante oficio puse en conocimiento del señor Alcalde DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO las faltas cometidas por la concejala LICDA. ĂNGELA CECILIA MĂRQUEZ PROAĂO, y cuya recomendaciĂłn del informe es la aplicaciĂłn de la sanciĂłn respectiva como era la que SE PROCEDA MEDIANTE RESOLUCIĂN EN SESIĂN DE CONCEJO A DECLARAR VACANTE Y POR ENDE PIERDA LA FUNCIĂN DE CONCEJAL LA LCDA. CECILIA MĂRQUEZ DE BUSTAMANTE POR LOS ACTOS QUE HABĂA COMETIDO.
3. Convocar al concejo a sesiones ordinarias y extraordinarias, de conformidad con lo que sobre la materia dispone esta Ley;
2.- Con fecha 14 de octubre del 2.009 y mediante oficio No. 201-DJM-09, puse a conocimiento del señor Alcalde del CantĂłn DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO un informe en torno a los hechos que habĂa encontrado dentro del contrato “CONSTRUCCIĂN DEL RELLENO SANITARIO PARA PASAJE”, y en el cual pude observar un perjuicio econĂłmico de 130,000 dĂłlares aproximadamente a la corporaciĂłn municipal, ya que el precio real que se tenĂa que pagar era distinto al que se estaba pagando, cuyo informe puse en conocimiento del señor Alcalde con las recomendaciones respectivas, entre las que estĂĄn que se ponga en conocimiento del Ministerio Publico ya que los hechos denunciados tiene graves indicios de responsabilidad penal con respecto al peculado, sin que el señor Alcalde haya hecho nada al respecto, por el contrario se dedico a buscar informes con el fin de poder pagar dichos valores que constituyen sobreprecio en perjuicio de la corporaciĂłn municipal y de todo el pueblo pasajeño, sin que en ningĂșn informe hayan dicho que se pague al totalidad de esos montos, por el contrario en dichos informes me ratifican en el sentido de que se debĂa de pagar solo los valores reales. Pero cuĂĄl es el responsable de que dichos valore hayan ingresado con sobre precio, porque razĂłn el Alcalde DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA hizo caso omiso a las recomendaciones dadas por el departamento legal, mĂĄs cuando con documentos se demostrĂł que se estaba perjudicando a la corporaciĂłn municipal con mĂĄs 100,000 dĂłlares; esas y otras preguntas hasta ahora me hago.
4.- Con fecha 23 de abril del 2.009 el señor ING. CIVIL MARCO GEOVANNY ZUMBA BRITO presenta al señor alcalde DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO un reclamo frente a la adjudicaciĂłn de la obra “CONSTRUCCIĂN DE BORDILLOS CON CUNETAS Y ACERAS Y CONFORMACIĂN DE TERRENO PARA ASFALTO DE LA CIUDADELA LA ADOLFINA DE LA CIUDAD DE PASAJE”, ya que segĂșn dicho reclamo se habĂan violentado varios parĂĄmetros en la calificaciĂłn del puntaje para la adjudicaciĂłn del contrato, beneficiĂĄndose de esta manera al ING. DESSY MOROCHO MATUTE. Este reclamo debiĂł de haber seguido su Ăłrgano regular, pero por el contrario el señor ALCALDE DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO lo archivo con el fin de que la adjudicaciĂłn se mantenga a favor del ING. DESSY MOROCHO sin que hasta la presente fecha se haya dado tramite a dicho reclamo, lo cual demuestra que no existe la tan llamada transparencia en el portal de compras pĂșblicas que se lleva a efecto en la corporaciĂłn municipal, y cuya omisiĂłn debe de responder el Sr. Alcalde DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO, ya que se trata de los recursos econĂłmicos del pueblo pasajeño.
5.- Con fecha 23 de diciembre del 2.010 y mediante resoluciĂłn administrativa No. 006 el señor Alcalde DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO resuelve ADJUDICAR el proceso se menor cuantĂa MCO-IMP-0002-2009 PARA LA REMODELACIĂN DE ALCALDĂA UBICADA EN EL PALACIO MUNICIPAL A CONSTRUCCIĂN CIVILES COMPAĂĂA CONSTRUCTORA ANDRĂS SOLANO ANDRESOL S.A. EN LA PERSONA DEL REPRESENTANTE LEGAL ARQ. ROBETH ENRIQUE SOLANO CARMONA AUTORIZANDO EN EL NUMERAL QUINTO QUE EL DEPARTAMENTO JURĂDICO EN MI PERSONA proceda a realizar el respectivo contrato, siendo Yo la persona que me opuse a firmar dicho contrato pese a que el mismo fue ya adjudicado, pues como podrĂĄ observar del mismo, la resoluciĂłn de adjudicaciĂłn se encuentra ya firmada y certificada por el ABG. GIOVANNI ROMERO en su calidad de SECRETARIO DE LA COMISIĂN TĂCNICA. Y siendo mi oposiciĂłn a firmar dicho contrato que obligo al señor Alcalde a dar por terminado dicho contrato y no como ha manifestado al concejo en pleno que a tiempo se ha dado cuenta y por eso ha dado por terminado dicho contrato.
DEBEMOS DE NOTAR QUE VARIOS DE LOS CONTRATOS EN EJECUCIĂN SON PARTE DE LA ADMINISTRACIĂN ANTERIOR A LA QUE EN CAMPAĂA SE OFRECIĂ AUDITAR Y QUE PESE A EXISTIR VARIOS INFORMES DE MI PARTE AL RESPECTO Y QUE PODRĂA CONSTITUIR GRAVES INDICIOS DE RESPONSABILIDAD PENAL EL DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO NO HA HECHO NADA AL RESPECTO.
PODRĂA SEGUIR PERO EL INFORME NO TERMINARĂA, Y EN TODO CASO ESTE ES UN ANTECEDENTE SOBRE LAS VIOLACIONES DE LA LEY Y LA CONSTITUCIĂN DE PARTE DEL ALCALDE DEL CANTĂN DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO.
DENUNCIA DE HECHOS CONTRARIOS A LA CONSTITUCIĂN Y PETICIĂN DE REMOCIĂN Y DESTITUCIĂN DE SUS FUNCIONES AL SEĂOR ALCALDE DE PASAJE DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO:
A mĂĄs de la serie de violaciones de la Ley y la ConstituciĂłn detalladas en el contexto anterior cometido por el señor Alcalde DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO, ha llegado al extremo de pasarse por encima de la ConstituciĂłn, lo cual acarrea no solo la remociĂłn y destituciĂłn sino la responsabilidad de orden penal.
AsĂ tenemos que con fecha 5 de abril del 2.010 el señor Alcalde ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO en su calidad de Alcalde del CantĂłn Pasaje procede a dar nombramiento con ingreso a la carrera administrativa a los señores MARLON ULISES ALBA MARĂN en calidad de TĂCNICO DE AVALĂOS Y CATASTROS-SERVIDOR DE APOYO 2 GRADO 4; LAURA ANGELITA ROMERO PULGARIN en calidad de ANALISTA DE RENTAS- SERVIDOR PUBLICO 2 GRADO 8; y, DIEGO BOLĂVAR TOLEDO HERAS en calidad de ANALISTA DE CATASTROS- SERVIDOR PUBLICO 2 GRADO 8, los mismo que han sido registrados con los No. 0080-JRH-10, 0082-JRH-10 y 0081-JRH-10 en su orden.
Como puede apreciar señor Vicealcalde, ninguno de los tres funcionarios ha participado en ningĂșn concurso de oposiciĂłn y merecimiento, para que luego de dicho concurso proceda a dĂĄrsele el respectivo nombramiento, pues se tratan de trabajadores cuya labor va a ser estable, por lo que con dicho nombramiento procede a ingresar a la carrera administrativa, siendo un requisito inexcusable el participar en el concurso de oposiciĂłn y merecimiento, ya que como sabemos Ășnicamente los funcionarios de elecciĂłn popular y los de libre remociĂłn son aquellos a los que no se exige el participar en concurso de oposiciĂłn y merecimiento por lĂłgica.
Ahora bien de las copias que adjunto y que fueron obtenidas de la carpeta que reposa en recursos humanos y cuyo custodio y responsable es el ING. JACINTO CORELLA VERDUGA, se puede apreciar que en el nombramiento que el señor Alcalde otorga a los funcionarios antes nombrados, no existe convocatoria al concurso de oposiciĂłn y merecimiento, no existe carpeta de los participantes, ni existe calificaciĂłn de parte del tribunal todavez que no se designado tribunal alguno para que proceda a calificar, esto por cuanto no existe participante ni concurso, en fin no existe ningĂșn documento que justifique que se ha cumplido con el requisito de haber participado en un concurso de oposiciĂłn y merecimiento, sino que simplemente el señor Alcalde DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA PROCEDE A DAR DICHOS NOMBRAMIENTOS SIN RESPETAR LA CONSTITUCIĂN DE NUESTRO PAĂS, pues al parecer se cree que esta sobre dicha normativa legal que regula nuestras actuaciones.
Demostrado la ilegalidad e irregularidad, asĂ como la violaciĂłn al respectivo tramite de concurso de oposiciĂłn y merecimiento para dar los respectivos nombramientos por parte del DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO en su calidad de ALCALDE DEL CANTĂN PASAJE, no encontramos frente a lo establecido en la CONSTITUCIĂN POLĂTICA DEL ECUADOR EN SU ART. 228, QUE CLARAMENTE ESTABLECE QUE LA INOBSERVANCIA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO DE MERITOS Y OPOSICIĂN PARA LA PROMOCIĂN DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA SERA SANCIONADO CON LA DESTITUCIĂN DE LA AUTORIDAD NOMINADORA, QUE EN EL PRESENTE CASO ES LA DESTITUCIĂN DEL SEĂOR ALCALDE MATEO NOBLECILLA ROSILLO DE SUS FUNCIONES. Debemos de tener presente que quien lo destituye al señor Alcalde DR. MATEO NOBLECILLA ROSILLO ES LA CONSTITUCIĂN, SIENDO LOS CONCEJALES Y EL DEPARTAMENTO JURĂDICO EL ELEMENTO HUMANO O EL CAMINO PARA APLICAR LO QUE ESTA YA REGULADO POR LA CONSTITUCIĂN, PUES EL NO HACERLO SERIA SER CĂMPLICES DE TAL ILEGALIDAD CON LAS RESPECTIVAS SANCIONES DE ORDEN PENAL.
Art. 76.- El concejo puede remover al alcalde, antes de la terminaciĂłn del perĂodo para el cual fue electo, exclusivamente por las siguientes causas, debidamente comprobadas:
e) Ejercicio de actividades electorales en uso o con ocasiĂłn de sus funciones, abusar de la autoridad que le confiere el cargo para coartar la libertad de sufragio u otras garantĂas constitucionales;
CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS PRESENTA ESTA MI FORMAL DENUNCIA PARA QUE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN LA CONSTITUCIĂN POLĂTICA DEL ECUADOR EN SU ART. 228 EN RELACIĂN CON EL ART. 76# E) DE LA LEY ORGĂNICA DE RĂGIMEN MUNICIPAL SE REMUEVA Y DESTITUYA DEL CARGO DE ALCALDE DEL CANTĂN PASAJE AL DR. ĂNGEL MATEO NOBLECILLA ROSILLO POR HABER VIOLADO EXPRESAMENTE LA CONSTITUCIĂN, LA LEY ORGĂNICA DE RĂGIMEN MUNICIPAL AL HABER OTORGADO NOMBRAMIENTOS A LOS SEĂORES DIEGO BOLĂVAR TOLEDO HERAS, LAURA ANGELITA ROMERO PULGARIN y MARLOS ULISES ALBA MARĂN sin haber respetado el procedimiento de hacerlo mediante concurso de oposiciĂłn y merecimiento, ESO SI DEJANDO A SALVO EL RESPECTIVO CRITERIO QUE TENGA EL CONCEJO EN PLENO YA QUE MUCHAS VECES HACEN LO CONTRARIO A LO QUE DICTAN LAS RESPECTIVAS NORMAS LEGALES COMO YA HA OCURRIDO.