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jueves, 11 de julio de 2013

NOTA DEL DÍA ZONA SUR : http://www.zonasurecuador.com/index.php/politica/item/7380-asamblea-aprueba-convenio-de-seguridad-social-entre-ecuador-y-peru.html

Asamblea aprueba Convenio de Seguridad Social entre Ecuador y Perú Destacado

Jueves, 11 Julio 2013 12:11
La suscripción de este convenio está acorde con los lineamientos del Plan Nacional del Buen Vivir, cuyos objetivos, entre otros, son los de mejorar la calidad de vida de la población y garantizar el trabajo estable, justo y digno en su diversidad de formas, así como garantizar la vigencia de los derechos y la justicia.
La Asamblea, con el voto unánime de los 112 legisladores presentes, aprobó el Convenio de Seguridad Social a suscribirse entre Ecuador y Perú, en virtud de que protege la conservación de los derechos de seguridad social, adquiridos o envías de adquisición, con lo cual las y los ciudadanos de los países miembros estarían protegidos permanentemente, con un trato igualitario.
A juicio de la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales, la suscripción de este convenio está acorde con los lineamientos del Plan Nacional del Buen Vivir, cuyos objetivos, entre otros, son los de mejorar la calidad de vida de la población y garantizar el trabajo estable, justo y digno en su diversidad de formas, así como garantizar la vigencia de los derechos y la justicia.
Constituye un reconocimiento a los derechos humanos, como son el derecho a la salud, a una vida digna, al trabajo, a la seguridad social, fomentando la concordancia con lo que mandan los principios constitucionales, en el sentido que el derecho a la seguridad social se regirá por principios de inclusión y equidad social y la ciudadanía universal.
El convenio favorece los intereses de las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos y peruanos. Establece que la exportación de las pensiones de invalidez y vejez, garantiza el ejercicio pleno del derecho constitucional a la seguridad social, porque se establecen mecanismos para que los beneficiarios sigan recibiendo sus pensiones, a pesar de no encontrase residiendo en su país de origen, cumpliendo así con los presupuestos de la norma suprema del Estado. Por consiguiente, protege la conservación de los derechos de las personas a la seguridad social y, en este sentido, es acorde con las normas constitucionales.
Eduardo Zambrano integrante de la Comisión de Relaciones Internacionales, ponente del informe, destacó que en la actualidad Ecuador es partícipe del proceso de integración sudamericana más consolidado que ha tenido el continente, desde las luchas independentistas, por lo que se pude decir que los pueblos de nuestra América han retomado la senda de la paz, la hermandad y de la lucha común, en búsqueda de la unidad y el desarrollo de los pueblos, trabajando en conjunto para ofrecer desde el Estado una amplitud de posibilidades que garanticen el buen vivir de la población.
Subrayó que a partir de la firma de la paz entre Ecuador y Perú, en 1998, los dos países reconocieron todo lo que tienen en común en cuanto a historia y cultura y pasaron a considerarse como pueblos hermanos. Desde esa fecha, el comercio ha aumentado y los beneficios son cada vez mayores.
Argumentó que, dentro del proceso de integración, Ecuador y Perú han firmado una serie de convenios y acuerdos bilaterales en cuatro ejes fundamentales: seguridad y defensa; ámbito social; productividad y medio ambiente; y, la infraestructura y conectividad, instrumentos que se han puesto como centro de desarrollo al ser humano, priorizando a las personas y colectividades, ofreciendo atención y protección integral a las comunidades que viven en fronteras y a sus migrantes, para que puedan ejercer libremente sus derechos, brindando protección a las familias transnacionales.
Indicó que este Convenio, que fue firmado por las dos naciones el 22 de julio del 2011, con el objetivo primordial de la conservación y garantía a los derechos a la seguridad social de los trabajadores migrantes de ambos pueblos, beneficia inclusive a los familiares con el reconocimiento de la prestaciones adquiridas en sus países de origen, permitiendo la acumulación de los períodos de cotización realizados por los trabajadores en cada uno de sus países y del acceso de las prestaciones por vejez, invalidez, sobrevivencia, jubilación, entre otras.

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